Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.- 366-I-B-5474.- 723.1/315188.
AUTORIZACIONES A ORGANIZACIONES AUXILIARES DEL CREDITO.- Se modifica la otorgada a esa sociedad por aumento de capital.
Arfinsa, S.A. de C.V.
Organización Auxiliar del Crédito
Callejón de los Ayala No. 101, Desp. 205
Col. Del Valle
66220, Garza García, N.L.
Esa sociedad, a fin de dar cumplimiento al punto tercero del Acuerdo por el que se establecen los capitales mínimos pagados con que deberán contar las organizaciones auxiliares del crédito y las casas de cambio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril de 1998, remitió el primer testimonio de la escritura pública número 1,513 de fecha 11 de agosto de 1998, otorgada ante la fe del Notario Público número 120, licenciado José Luis Farías Montemayor, con ejercicio en la ciudad de Monterrey, N.L., misma que contiene la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de esa sociedad, celebrada el 15 de mayo del mismo aņo, en la que acordaron el aumento a su capital fijo sin derecho a retiro totalmente suscrito y pagado de $19'000,000.00 (diecinueve millones de pesos 00/100 M.N.) a $24'000,000.00 (veinticuatro millones de pesos 00/100 M.N.), mediante la conversión de acciones representativas de su capital variable pagado por la cantidad de $5'000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.), modificando al efecto el artículo séptimo de sus estatutos sociales, por lo que esta Secretaría, con base en el artículo 6o. fracción XXII de su Reglamento Interior y con fundamento en el artículo 5o. de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, ha resuelto dictar el siguiente
ACUERDO
Se modifica la fracción II del artículo segundo de la autorización otorgada el 13 de abril de 1994, modificada el 18 de marzo de 1996, 10 de febrero, 14 y 15 de octubre de 1997 y 14 de agosto de 1998, que faculta a Arfinsa, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, para llevar a cabo las operaciones a que se refiere el artículo 24 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, para quedar en los siguientes términos:
ARTICULO SEGUNDO.-
I.-
II.- El capital social es de $40'000,000.00 (cuarenta millones de pesos 00/100 M.N.), de los cuales $30'000,000.00 (treinta millones de pesos 00/100 M.N.) corresponden al capital fijo sin derecho a retiro, suscrito y pagado en $24'000,000.00 (veinticuatro millones de pesos 00/100 M.N.) y $10'000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.) integran la parte variable.
III.-
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 13 de octubre de 1998.- En ausencia del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público y de conformidad con el artículo 105 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, Martín Werner.- Rúbrica.
(R.- 93209)